jueves, 28 de mayo de 2015

El fiscal pide más de 5 años de cárcel para la cúpula española de Anonymous

Cuatro años después de la detención de tres personas como presunta ‘cúpula’ de Anonymous en España, el fiscal pide penas que superan los cinco años de prisión por daños continuados y pertenencia a grupo criminal.

Foto: William David Thomas

El escrito del fiscal, fechado el pasado 11 de mayo de 2015, les imputa la responsabilidad de ataques informáticos que tumbaron, entre otras, la página web de la Junta Electoral Central (JEC) en mayo de 2011. Los daños causados fueron valorados en apenas 700 euros, según un informe del propio organismo remitido hace pocos meses al juzgado.

El caso entra ahora en una fase crítica, el juicio oral, cuyo auto de apertura tiene fecha de 21 de mayo de 2015.
¿Qué?

El 6 junio de 2011, la Policía Nacional anunciaba la detención de tres personas y los describía como “la cúpula de Anonymous en España”, supuestos responsables últimos de múltiples ataques informáticos a diferentes sitios web públicos y privados, entre ellos al de la Junta Electoral Central (JEC).

Ahora, el Ministerio Fiscal considera que los tres acusados pertenecen al colectivo Anonymous y que este grupo preparó al menos dos ciberataques en los que los sospechosos pudieron tener responsabilidades. De esta forma, les considera coordinadores de la Operación Spanish Revolution, un ataque DDoS -peticiones masivas a un servidor hasta colapsarlo- contra “el entorno informático de la JEC”, el sitio web de UGT y el del Congreso de los Diputados.

También les achaca responsabilidad en la Operación V de Votaciones, un ataque frustrado por la Policía Nacional a los sitios web de PP, PSOE y CiU que iba a tener lugar el 20 de mayo de 2011 a las 16:00 horas.
¿Quién?

Los acusados son tres hombres que fueron detenidos y a continuación puestos en libertad en 2011.

R. T. S. (que usaba los nicks Tuerinator y Devnuller), marino mercante, fue arrestado en Almería aunque tiene su domicilio en Gijón. En su casa, siempre según los informes policiales, se hallaron “los equipos informáticos que soportaban los servidores caseros creados por el acusado y utilizados para dar soporte a los ataques”.

J. M. Z. F. (nicks Mugen, Seraf y Sipias), según la Fiscalía, “era uno de los principales administradores del canal IRC (chat) ‘Anonymous annonet’, donde se ejecutaban los ataques previamente planificados”. En el escrito de acusación se identifica el apodo Seraf como el coordinador del canal al que los usuarios se conectaban para poner a disposición del operador sus conexiones durante el ataque a la página web de la JEC. También se le acusa de haber dado la orden de iniciar ese ataque.

Y. D. L. I. (apodado Wicker, Némesis e Irae) aparece como otro de los administradores del mencionado canal de IRC ‘Anonymous annonet’. La Fiscalía le señala además como “coordinador” del ataque a la JEC y como “gestor de servidores, creador de canales en el sistema de chat, fijar objetivos, analizar vulnerabilidad de sitios web para facilitar los ataques y dirigir los ataques planificados”.
¿Cuándo?

Los ataques informáticos tuvieron lugar en vísperas de las elecciones autonómicas y municipales de 2011. De hecho, el sufrido por la página web de la JEC la dejó parcialmente inoperativa durante los días 18, 19 y 20 de mayo de aquel año.

La página web de la JEC, una herramienta informativa separada de los sistemas de recuento de votos, se vio afectada de forma “intermitente”. También consta la recepción de 480.000 correos electrónicos en las cuentas del secretario general y del director de la Secretaría Técnica de la JEC, una técnica llamada mail bombing.

Los daños al sitio web de la Junta Eletoral Central a los que se refiere la acusación ascendieron a apenas 700 euros

Los daños a los que se refiere la acusación ascendieron a apenas 700 euros (“dos jornadas de trabajo de un consultor externo”), según un informe de la propia Junta Electoral Central incluido en el sumario de la causa tras una reciente petición de la Fiscalía.

Durante estos años, la Policía ha tratado de vincular la supuesta actividad delictiva de los acusados con las acampadas del 15M en la Puerta del Sol en Madrid. De hecho, uno de ellos fue identificado allí, en la misma plaza, después de que un agente encubierto en la red contactara -con el apodo ‘Sprocket’- con J.M. Z. F. y se ganara su confianza. El escrito de la Fiscalía no hace alusión a las famosas acampadas de Sol.

El proceso contra estas tres personas dura ya cuatro años.
¿Dónde?

Los acusados fueron detenidos en Almería, San Vicent del Raspeig (Alicante) y Arenys de Mar (Barcelona). El caso ha sido instruido en el juzgado número 4 de Gijón a cargo de la magistrada Ana López Pandiella, la misma que ordenó escuchas telefónicas a uno de los acusados “por la gravedad de los hechos”.

Del sumario se eliminaron transcripciones de conversaciones entre uno de los acusados y su abogados después de que se este extremo hiciera público este hecho.

Las actuaciones presuntamente delictivas de los acusados tuvieron lugar, naturalmente, en la Red.
¿Por qué?

La Fiscalía les acusa de dos delitos, uno de ellos de especial gravedad. Por un lado, para R. T. S. y Y. D. L. I. pide cuatro años y cinco meses de prisión por daños continuados -artículo 264.2 del Código Penal, que prevé penas de dos a cinco años-, y 11 meses de cárcel por integración en un grupo criminal (artículo 560 ter 1c del Código Penal, hasta un año). Por otro lado, para J. M. Z. F. solicita las mismas penas menos dos meses.

Ya desde el anuncio de la detención de los acusados en junio de 2011, la Policía Nacional consideraba a los tres acusados no sólo miembros de Anonymous, sinosu ‘cúpula’ en España. ¿Tiene Anonymous ‘cúpula’? La propia naturaleza de este difuso grupo -un colectivo íntegramente formado en internet, de fronteras difusas y actividad intermitente- dificulta bastante establecer quién está al frente. Las jerarquías no son claras precisamente por su carácter atomizado.

De hecho, el delito que se les achaca relacionado con Anonymous es el de integrar un grupo criminal “con la intención de perpetrar reiteradamente delitos leves”, y pide que se aplique la pena en su mitad superior al estar en grupo criminal -Anonymous- “formado por un elevado numero de personas” (Artículo 570ter 1c y 2a del Código Penal).
¿Y ahora qué?

Tras la presentación del escrito de acusación por el Ministerio Fiscal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que se debe dar traslado de copias de las actuaciones a los abogados de los acusados para que presenten escrito de defensa, en el que propongan sus propias pruebas.

Una vez presentados dichos escritos, el Juzgado de Instrucción remitirá la causa a un Juzgado de lo Penal de Gijón para su enjuiciamiento y fallo.

“Será un caso donde puede ser decisiva la prueba pericial informática”, manifiestan los letrados de dos de los acusados, 

PABLO ROMERO 28/05/2015
http://www.elespanol.com/actualidad/piden-mas-de-5-anos-de-carcel-para-la-cupula-espanola-de-anonymous/

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